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Niña futbolista

Propuesta de AFE para resolver la situación de Claudia Gómez Villagrá

David Aganzo, presidente de la Asociación de Futbolistas Españoles, ha remitido una nueva carta aportando documentación jurídica y el apoyo de la Junta de Castilla y León, a Marcelino Maté Martínez, presidente de la Federación de Castilla y León de Fútbol (FCYLF), en la que traslada una propuesta concreta de AFE para solucionar la situación de Claudia Gómez Villagrá, futbolista del Club Internacional de la Amistad de Palencia.

Hay que recordar que la joven jugadora se verá perjudicada por lo establecido en el reglamento de la FCYLF, que obliga a que chicos y chicas jueguen por separado a partir de la categoría cadete, lo que afecta a Claudia, que dejará de jugar con sus compañeros de toda la vida, un deseo que ha manifestado en repetidas ocasiones.

La propuesta que ha trasladado AFE a Marcelino Maté, presidente de la FCYLF, es la siguiente:

Las competiciones de aficionados/as se convocarán con el carácter de masculinas y femeninas y las de juvenil, cadete, infantil, alevín, benjamín y prebenjamín con el carácter de mixtas, entendiéndose que participan indistintamente hombres y mujeres y sin prejuicio de que se convoquen competiciones con el carácter de femeninas, garantizando la no discriminación por causa de género.

Apoyo de la Junta de Castilla y León
En la misma comunicación se ha trasladado a la FCYLF el apoyo recibido por parte de la directora general de Deportes de Junta de Castilla y León, María Perrino Peña, que en una carta enviada a AFE expresa su respaldo a la propuesta realizada a la FCYLF, considerando que “esta reforma sería positiva no ya sólo en el ámbito deportivo, sino para la sociedad en general”.

La propuesta de AFE está basada en la legislación y decisiones del COI (Comité Olímpico Internacional), quedando claro que hablamos de una menor de edad, lo que conlleva una especial legislación por la normativa que trata de proteger al menor.

La propia Ley del Deporte de Castilla y León señala que “la incorporación de la mujer a la práctica deportiva ha experimentado un notable incremento. Constantemente aparecen nuevas realidades deportivas”. Premonitorio cuando habla de nuevas realidades y, sin duda, la que apunta AFE es una de ellas, cuando se discrimina a una persona por su sexo.

Por otra parte, AFE recuerda lo establecido en dicha ley en su artículo 3 / Derecho al deporte y al ejercicio físico: “En el ámbito de sus respectivas competencias, las administraciones públicas de Castilla y León garantizarán el derecho que todas las personas físicas tienen a la práctica de forma libre y voluntaria, del deporte y del ejercicio físico, en igualdad de condiciones y oportunidades, de conformidad con lo establecido en la presente ley y las disposiciones que la desarrollen”.

Naciones Unidas
Conviene recordar también lo establecido en el artículo 3 del Instrumento de Ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, e incorporada a nuestro derecho interno en BOE de 31 de diciembre de 1990 y jurisprudencia, sentencia número 26/2013 TS. Este aspecto debe ser crucial porque cuando se trata de un menor no cabe obviar la obligatoriedad de esa protección que siempre ha de estar en interés del menor, por responsabilidad y por criterio de legalidad.

En la carta enviada por David Aganzo, se subraya que la sociedad evoluciona hacia la integración real y efectiva de la mujer en el deporte, recordando que en los pasados Juegos Olímpicos de Tokio se llevaron a cabo distintas pruebas en este formato (atletismo, natación, triatlón, tiro con arco, etc.).

La Unión Europea, por su parte, expresa la ‘protección de los derechos del niño’ a través del artículo 3 del Tratado de Lisboa, un objetivo general de la política común, tanto en el espacio interno como en las relaciones exteriores.

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