InicioAFE“Los convenios del mundo del deporte son de franja”: así transcurrió la jornada jurídica ‘Marco regulatorio en convenios colectivos y contratación de menores’
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“Los convenios del mundo del deporte son de franja”: así transcurrió la jornada jurídica ‘Marco regulatorio en convenios colectivos y contratación de menores’

Los convenios colectivos llamados de franja fueron el eje principal de la jornada jurídica organizada por la Asociación de Futbolistas Españoles ‘Marco regulatorio en convenios colectivos y contratación de menores’. Una jornada en la que también se presentó el libro ‘Régimen jurídico de los deportistas menores de edad’, una interesante obra coordinada por los doctores en Derecho Antonio Millán Garrido (presidente de la Asociación Española de Derecho Deportivo) y Javier Rodríguez Ten (director del XV Congreso de la referida entidad).

Celebrada de manera telemática este miércoles 8 de julio, la presentación corrió a cargo de David Aganzo, presidente de AFE, siendo conducida la jornada por María José López, codirectora de la asesoría jurídica de nuestra asociación.

La jornada se dividió en dos partes, arrancando la misma con la presentación del libro ‘Régimen jurídico de los deportistas menores de edad’, tomando la palabra Antonio Millán Garrido y Carlos Marroquín Romera, coautor de la obra y experto en derecho deportivo. Por su parte, Tomás Sala Franco, catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, protagonizó la interesante ponencia ‘Legitimidad en los convenios colectivos del deporte. Convenio franja’.

El protagonismo de AFE

David Aganzo abrió la jornada recalcando “la enorme trascendencia de los convenios llamados de franja en el ámbito del deporte”, recordando que “AFE ha liderado las negociaciones del histórico Convenio Colectivo para el fútbol profesional femenino y siempre hemos mantenido que este tipo de convenios son de franja, no sectoriales”.

“Ha habido mucho debate sobre esta cuestión, pero nuestra asociación nunca ha tenido dudas al respecto y considera que este tipo de convenios, también el del fútbol profesional masculino, son claramente de franja, pues su ámbito de aplicación se limita a un grupo específico profesional. En este caso, a los y las futbolistas”, añadió.

Y para acabar su intervención, el presidente de AFE enfatizó “el enorme interés, para un sindicato, también para los y las deportistas, del libro ‘Régimen jurídico de los deportistas menores de edad’, un profundo e interesante trabajo en el que se abordan cuestiones de capital importancia, como la suscripción de licencias, la protección del menor en el mundo del fútbol, sus relaciones laborales, delitos como la trata de seres humanos menores de edad o la prevención de delitos sexuales”.

Un colectivo específico

Tomás Sala Franco abordó un asunto de gran importancia para cualquier sindicato de deportistas, y en especial para AFE, como es la ‘Legitimidad en los convenios colectivos del deporte. Convenio franja’. Nuestra asociación siempre ha mantenido que los convenios que ha negociado a lo largo de su historia, también el histórico para las futbolistas profesionales, son de los denominados de franja. El catedrático tiene la misma opinión que mantiene nuestra asociación porque “sólo se aplican a un colectivo de trabajadores” pertenecientes a una empresa.

Entendiendo que el Real Decreto 1.006/85 no regula esta cuestión y debería hacerlo, Tomás Sala Franco saca varias conclusiones a la hora de señalar quién está legitimado para negociar un convenio colectivo. “Este Real Decreto debería decir algo sobre la negociación colectiva de unos trabajadores como son los deportistas profesionales”, apunta el catedrático.

“El principal problema que surge es la legitimación, quién se puede sentar a negociar” en nombre de los deportistas, dice Tomás Sala. “Son convenios de franja los que se han negociado en diferentes deportes porque se aplican a los colectivos de deportistas profesionales y no al resto de los trabajadores de la empresa”, insistió.

Asambleas

En los de franja estarían legitimados para sentarse a negociar, según la Ley, “los sindicatos designados mayoritariamente en asambleas. Por tanto, tras una votación personal, directa, libre y secreta practicada en asambleas lícitamente organizadas, serían los que tendrían derecho a sentarse a negociar. Para sentarse en la mesa de negociación debe ser necesario conseguir como mínimo un 5% de los votos”.

“Hay una laguna legal porque no hay ley ni decreto que regule expresamente la legitimación para negociar un convenio supraempresarial de franja, sólo la hay para negociar convenios colectivos empresariales y sectoriales”, expuso.

A modo de conclusión, en primer lugar, cree que “ante el silencio legal, las reglas aplicables por analogía para legitimar la negociación de los convenios colectivos de los distintos deportes profesionales han de ser las previstas en el artículo 87.1 del Estatuto de los Trabajadores, es decir, las reglas de legitimación de los convenios colectivos empresariales de franja”.

Por tanto, comenta, “se encuentran legitimados para formar parte del banco social de la comisión negociadora aquellos sindicatos que hubieran sido designados mayoritariamente en las asambleas de los distintos clubes o entidades deportivas por parte de los deportistas profesionales afectados por ese futuro convenio colectivo. Pero con derecho para sentarse en la mesa de acuerdo con la proporción del número de votos obtenidos en esas asambleas y siempre que hubieran obtenido como mínimo un 5% de los votos totales emitidos para formar parte de la comisión negociadora”.

Un absurdo

Resume nuevamente las razones jurídicas por las que entiende aplicable las reglas de legitimación negocial de los convenios colectivos empresariales de franja porque “se parece más un convenio supraempresarial referido solo a los deportistas profesionales a un convenio empresarial referido a un grupo de trabajadores de una empresa que a uno sectorial, que no tiene nada que ver porque nos referimos a un grupo concreto de trabajadores”.

Tiene claro que “una solución distinta, aplicando las reglas de legitimación negocial de los convenios sectoriales, conduciría al absurdo desde la perspectiva del derecho constitucional a la libertad sindical de aquellos sindicatos con alto índice de afiliación en el mundo del deporte profesional denegarles el derecho a negociar convenios colectivos y de atribuir tal derecho en exclusiva a los sindicatos más representativos con un bajo o nulo índice de afiliación”.

Y, para finalizar, Tomás Sala es contundente al afirmar que “es necesario superar esta actual situación de inseguridad jurídica provocada por la laguna normativa en la regulación de la legitimación para negociar convenios colectivos supraempresariales de franja y fijando unas reglas para este tipo de convenios. Resultaría oportuno y hasta necesario que el Estatuto de los Trabajadores o bien el Real Decreto que regula relación especial para deportistas profesionales regularan la legitimación para negociar convenios colectivos en el seno del deporte profesional, dando entrada a la afiliación sindical como criterio principal de representatividad de los sindicatos negociadores”.

Un libro necesario

“Quiero destacar la colaboración de AFE” en la presentación de este libro, dijo por su parte Antonio Millán Garrido a la hora de presentar ‘Régimen jurídico de los deportistas menores de edad’, añadiendo que “se trata de un tema muy complejo y escasamente tratado. Es importante que se alcance un consenso social, que marque los límites de la profesionalización en relación a la edad. Es necesario alcanzar consensos al fijar unas líneas maestras”. “Por ello, es necesaria una nueva Ley del Deporte, pues la actual no resuelve todos los problemas, con medidas protectoras y concretas para proteger a los menores”, añadió.

Por su parte, Carlos Marroquín Romera recordó que “miles de niños y niñas practican deporte, en concreto el fútbol, y son mayoría. Con este libro se recogen mecanismos para protegerlos ante determinadas conductas de diferentes agentes”, incidiendo en los delitos de carácter sexual, “por lo que es necesario un buen gobierno por parte de clubes e instituciones. Se trata, en resumidas cuentas, de una obra muy necesaria, al abordar de forma sencilla lo que es la materia prima del deporte”. “A nivel internacional debe haber un consenso para crear una idea común para fijar lo que queremos para el deporte y el fútbol en particular”, remató.

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