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Resoluciones de la Comisión Mixta AFE-2ªB

Resoluciones de la Comisión Mixta AFE-2ªB

La mañana del jueves 25 de junio se celebró en la sede de la Asociación de Futbolistas Españoles, la reunión de la Comisión Mixta AFE-2ªB, una vez concluido el plazo para efectuar alegaciones por parte de los clubes/SADs, a las reclamaciones presentadas por los futbolistas de la categoría.

En dicha reunión, en la que tomaron parte miembros tanto de AFE como de la RFEF, se analizaron las reclamaciones presentadas por los futbolistas de la categoría, los pagos realizados desde la presentación de las reclamaciones y las alegaciones aportadas por los clubes/SADs.

A la finalización de dicha reunión se reconocieron 94 reclamaciones pendientes de abono por parte de 6 Clubes / SADs, con un importe total de 660.708 €.

Un año más, se ha producido un descenso tanto las cantidades como el número de reclamaciones y el número de clubes que reciben dichas reclamaciones, puesto que dentro del mismo plazo de la temporada 2013-2014, se reconocieron 125 reclamaciones pendientes de abono por parte de 11 Clubes/SADs, con un importe total de 915.172 €.

De este modo, por parte de esta Asociación seguimos incidiendo en los efectos positivos que está teniendo el control llevado a cabo por parte de la RFEF y AFE en esta categoría del fútbol español. Este control se efectúa de manera mensual y mediante el establecimiento de avales para aquellos Clubes/SADs que cuentan con un histórico de denuncias aprobadas por la Comisión Mixta de la categoría.

Dichas cantidades, deberán ser abonadas por los clubes/SADs con anterioridad a las 12.00 horas del mediodía del martes 30 de junio de 2015. En caso contrario y según lo establecido en el artículo 192 del Reglamento General de la RFEF, la Comisión Mixta informará a la propia RFEF de la existencia de dichas deudas, a los efectos del posible descenso de categoría y demás consecuencias previstas reglamentariamente.

Como se establece en el artículo 105 del Reglamento General de la RFEF, la resolución de estas denuncias, se computa a los efectos de exigir el depósito de un aval, a presentar ante la RFEF para poder participar la próxima temporada en Segunda División B, sin menoscabo de las posibles sanciones por impago que se establecen en el citado reglamento.

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TABLÓN INFORMATIVO / VOTACIONES SINDICALES PRIMERA FEDERACIÓN

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